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RESOLUCION Nº  5/09-10 

                        El Comité de Competición y Disciplina Deportiva de la Federación Gallega de Patinaje, en reunión celebrada el día 21 de octubre de 2009, adoptó entre otros los siguientes acuerdos.                    

RESUELVE: 

                        Primero.- En aplicación de lo establecido en el punto 1 del párrafo segundo del artículo 45 del Reglamento de Régimen Jurídico-Disciplinario de la Federación Gallega de Patinaje, Sancionar al equipo Infantil del H.C.B., con la pérdida del partido y, en consecuencia, dar como ganador del mismo al C.P.X. 

Segundo.- En aplicación de lo establecido en el punto 2 del párrafo segundo del artículo 45 del Reglamento de Régimen Jurídico-Disciplinario de la Federación Gallega de Patinaje, Sancionar al equipos Infantil del H.C.B, con la deducción de dos puntos de los que obtenga en la competición. 

Tercero.- En aplicación de lo establecido en el punto 4 del párrafo segundo del artículo 45 del Reglamento de Régimen Jurídico-Disciplinario de la Federación Gallega de Patinaje, se impone al H.C.B., el pago de los derechos de arbitraje correspondientes al citado partido. 

                        Cuarto.- En aplicación de lo establecido en el punto 5 del párrafo segundo del artículo 45 del Reglamento de Régimen Jurídico-Disciplinario de la Federación Gallega de Patinaje, se impone al H.C.B., multa de 60 Euros.

                        Quinto.-  En aplicación de lo establecido en el punto 3 del párrafo segundo del artículo 45 del Reglamento de Régimen Jurídico-Disciplinario de la Federación Gallega de Patinaje, el H.C.B. deberá abonar al C.P X. el importe total de los gastos que originara la apertura de la pista. Estos gastos deberán de ser previamente justificados ante este Comité.

                        Contra la presente resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 94 del Reglamento de Régimen Jurídico-Disciplinario de la Federación Gallega de Patinaje, cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación de esta Federación, en el plazo máximo de 10 días hábiles.

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