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RESOLUCION Nº   29 /09-10

                          El Comité de Competición y Disciplina Deportiva de la Federación Gallega de Patinaje, en reunión celebrada el día 26 de enero de 2010, adoptó entre otros los siguientes acuerdos.

 Visto, el contenido del Acta del partido de la categoría Senior de la Liga Autonómica de Hockey sobre Patines, disputado el pasado 16 de enero de 2010 entre el H.C. Raxoi y el H.C. Cambre, donde el árbitro consigna en el apartado Observaciones  "T. Roja al jugador del Raxoi C. E. R.  , Lic 1510051 por intento de agresión al jugador nº 2 del H.C. Cambre (min: 22:45 de 1ª parte). T. Roja al jugador del H.C. Cambre C.J P. G., C. Lic. 1510308 por intento de agresión al nº 4 del Raxoi (min: 22:45 de 1ª parte). Las dos tarjetas rojas fueron con el tiempo parado”. 

                        Considerando que, los hechos relatados por el árbitro en el acta se recogen y sancionan en el artículo 30-B) del Reglamento de Régimen Jurídico-Disciplinario de la Federación Gallega de Patinaje.

 RESUELVE:

                         Primero.- En aplicación de lo establecido en el último párrafo del artículo 30 del Reglamento de Régimen Jurídico-Disciplinario de la Federación Gallega de Patinaje, Sancionar al jugador del H-C. Raxoi C. E. R. (Lic 1510051) con la suspensión temporal de 2 partidos.

                         Segundo.- En aplicación de lo establecido en el último párrafo del artículo 30 del Reglamento de Régimen Jurídico-Disciplinario de la Federación Gallega de Patinaje, Sancionar al jugador del H.C. Cambre C.J.P.G (Lic. 1510308)  con la suspensión temporal de 2 partidoS.

                         Contra la presente resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo  94 del Reglamento de Régimen Jurídico-Disciplinario de la Federación Gallega de Patinaje, cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación de esta Federación, en el plazo máximo de 10 días hábiles.