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El Comité de Apelación de la Federación Gallega de Patinaje, reunido a 30 de diciembre de 2009, para conocer y resolver el Recurso interpuesto por el club H.C. Borbolla frente a la Resolución nº 19/2009-10 del Comité de Competición y Disciplina Deportiva de la Federación Gallega de Patinaje, acordó DESESTIMAR el recurso interpuesto por el Club H.C. Borbolla frente a la Resolución nº 19/2009-10 del Comité de Competición y Disciplina Deportiva de la Federación Gallega de Patinaje, por la que se sancionó al jugador P.F.B. con suspensión durante 6 encuentros, resolución que se confirma en su integridad. Contra la presente resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 94 del Reglamento de Régimen Jurídico-Disciplinario de la Federación Gallega de Patinaje, cabe interponer recurso ante el Comité Galego de Xustiza Deportiva de la Xunta de Galicia, dentro del plazo de quince días hábiles.
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